Tribunal administrativo de Cundinamarca rechaza demanda por falta de subsanación
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:9:23
El tribunal administrativo de Cundinamarca, en sesión del 12 de mayo de 2025, resolvió rechazar una demanda ejecutiva presentada contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) debido a que el demandante no corrigió las imprecisiones señaladas en el auto de inadmisión emitido el 18 de febrero de 2024.
Motivos del rechazo
El despacho ponente señaló que la demanda no cumplió con el requisito de precisión y claridad exigido en el numeral 2° del artículo 162 de la Ley 1437 de 2011. Las pretensiones buscaban la reliquidación de una pensión de jubilación incluyendo factores salariales devengados en un período específico, así como el reconocimiento de incrementos retroactivos y sus intereses de mora. Sin embargo, estas solicitudes no se ajustaban al objeto de la acción ejecutiva, que es hacer exigible el pago de rubros ya ordenados en sentencias.
Asimismo, la demanda debía ajustarse al título ejecutivo y precisar las condiciones para librar el mandamiento de pago, lo cual no ocurrió.
Procedimiento y fundamentos legales
Tras la inadmisión inicial, el demandante tuvo un plazo para corregir la demanda conforme al artículo 170 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), pero no realizó ninguna subsanación.
El tribunal aplicó el artículo 169 del CPACA, que establece como causal de rechazo de la demanda la falta de corrección dentro del término legal concedido, además de otras causales como la caducidad o la falta de control judicial del asunto.
Implicaciones para procesos ejecutivos
El tribunal recordó que, frente a actos de cumplimiento como la Resolución RDP 014489 de 6 de junio de 2022, que indicó que...
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