Tribunal administrativo de Cundinamarca niega aclaración y adición a sentencia sobre nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
28 de mayo de 2025 14:8:17
Antecedentes y contexto del caso
En una sentencia emitida en marzo de 2025, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó una decisión previa del Juzgado Administrativo del Circuito de Zipaquirá relacionada con un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra el municipio de Chía. La controversia giraba en torno a la extensión de cesiones gratuitas obligatorias más allá del suelo urbano y de expansión urbana, lo cual fue declarado contrario a la Ley 388 de 1997. La sentencia confirmó que la normativa aplicable no respalda la exigencia de cesiones en áreas rurales. Posteriormente, el apoderado del municipio solicitó una aclaración y adición de dicha sentencia, argumentando la necesidad de delimitar el alcance de los efectos “ex tunc” sobre situaciones jurídicas consolidadas, aspecto que no habría sido abordado explícitamente en la parte resolutiva del fallo.Fundamentos jurídicos para la negación de la solicitud
El Tribunal recordó que, según el artículo 285 del Código General del Proceso, la aclaración procede únicamente cuando la sentencia contenga conceptos o frases que generen verdadera duda y que estén en la parte resolutiva o influyan en ella. Además, el artículo 287 establece que la adición es procedente cuando la sentencia omita pronunciamiento sobre puntos esenciales del litigio. En el caso concreto, el Tribunal determinó que la sentencia original fue clara y abordó de manera integral los cargos y argumentos planteados por las partes. No se identificaron ambigüedades ni omisiones que justificaran una aclaración o complemento. Además, la sentencia no modificó ni redefinió los efectos temporales de la nulidad establecidos en primera instancia, por lo que no correspondía reiterarlos. Se resaltó que permitir...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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