La Corte Suprema resuelve conflicto de competencia en litigio fiduciario entre juzgados civiles
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:51:15
Antecedentes del caso
El conflicto surgió a partir de una demanda ejecutiva promovida por una sociedad fiduciaria contra dos sociedades comerciales, solicitando el pago de comisiones fiduciarias adeudadas desde noviembre de 2019 hasta marzo de 2024, derivadas de un contrato fiduciario constitutivo de un patrimonio autónomo. La sociedad fiduciaria atribuyó la competencia al juzgado civil del circuito de una ciudad específica, basándose en el lugar de cumplimiento del pago, la sede principal de la fiduciaria y el domicilio de los demandados, argumentando además lo establecido en el artículo 1241 del Código de Comercio.
Inicialmente, el juzgado civil del circuito de la ciudad designada rechazó la demanda al considerar que el domicilio de los demandados era en otra ciudad, y por lo tanto, competente el juez de ese domicilio, que era también el lugar de cumplimiento de la obligación. Posteriormente, el expediente fue asignado al juzgado civil del circuito de la segunda ciudad, que planteó la colisión negativa de competencia, argumentando que el remitente no podía declarar la falta de competencia basándose en el domicilio de los demandados, dado que la fiduciaria y el lugar de cumplimiento estaban en la primera ciudad.
Consideraciones jurídicas
La Corte Suprema recordó que en los litigios fiduciarios convergen varios fueros territoriales concurrentes:
- El juez del domicilio del demandado, según el numeral 1º del artículo 28 del Código General del Proceso.
- El foro contractual, correspondiente al lugar de cumplimiento de la obligación en disputa (numeral 3º del mismo artículo).
- El domicilio del fiduciario, según el artículo 1241 del Código de Comercio.
Se aclaró que el artículo 1241 del Código de...
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