La Corte Suprema define competencia para juzgamiento en caso de extorsión agravada en Boyacá
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:49:1
Contexto del caso y disputa por la competencia
El proceso judicial se adelanta contra dos personas acusadas por el delito de extorsión agravada, en calidad de cómplices, tras una denuncia presentada por una víctima que fue contactada telefónicamente para exigirle dinero bajo amenaza, con el argumento de un supuesto accidente de su hija. La víctima realizó varias consignaciones a diferentes cuentas bancarias, sumando dos millones de pesos, antes de descubrir que se trataba de un engaño. La Fiscalía formuló acusación y solicitó que un juzgado penal municipal con función de conocimiento asumiera el caso. Sin embargo, surgió una controversia sobre qué juzgado debía encargarse de la etapa de juzgamiento, debido a que no fue posible determinar el lugar desde donde se efectuaron las llamadas extorsivas. La Fiscalía argumentó que la competencia debía asignarse al juzgado del lugar donde se radicó el escrito de acusación, mientras que la defensa y la víctima presentaron diferentes opiniones.Fundamentos jurídicos para la definición de competencia
La Sala recordó que, conforme al artículo 43 de la Ley 906 de 2004, cuando no es posible determinar el lugar de ocurrencia del hecho punible, la competencia territorial corresponde al juez del lugar donde se encuentren los elementos fundamentales de la acusación. En este caso, la residencia de la víctima y las consignaciones bancarias se encuentran en Tunja, Boyacá. Además, la jurisprudencia establece que el delito de extorsión se considera cometido en el sitio desde donde se realiza la exigencia dineraria, especialmente cuando esta se hace por vía telefónica. Al no poder establecer el origen de las llamadas, la Sala concluyó que la...Más noticias sobre Derecho Penal
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