No se casa sentencia sobre reconocimiento de pensión de sobrevivientes por afiliación tardía al sistema pensional
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:53:47
Antecedentes del caso
Un trabajador prestó servicios para un empleador entre enero de 2012 y octubre de 2013, falleciendo posteriormente por secuelas de un accidente laboral. La compañera permanente del trabajador demandó al empleador, a la administradora del régimen pensional y a la aseguradora de riesgos laborales por el pago de aportes en mora, reconocimiento de pensión de sobrevivientes y perjuicios derivados del accidente. El empleador reconoció la relación laboral y la afiliación tardía del trabajador al sistema de salud y pensional. Sin embargo, se negó a pagar los aportes no realizados oportunamente y la pensión reclamada, alegando falta de afiliación previa y que la aseguradora había cumplido con sus obligaciones.Decisiones judiciales en primera y segunda instancia
El juzgado de primera instancia declaró la existencia del contrato laboral pero absolvió a los demandados de las pretensiones. Frente a esta decisión, la compañera permanente apeló. El tribunal de segunda instancia revocó parcialmente la sentencia inicial y condenó al empleador al pago de la pensión de sobrevivientes desde la fecha del fallecimiento, a razón del salario mínimo legal vigente. Se declaró prescrita la obligación respecto de mesadas anteriores a noviembre de 2015 y se impuso el pago de costas al empleador. El tribunal también examinó si la administradora de los bienes del empleador actuó como empleadora, concluyendo que no, pues el trabajador prestó servicios para el representante legal. Asimismo, valoró las pruebas sobre la convivencia de la demandante con el causante, ordenando la práctica de testimonios extrajudiciales para esclarecer dudas sobre el tiempo de convivencia, requisito para acceder a la pensión.Recurso de casación y consideraciones de la...
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