La Corte Suprema niega estabilidad laboral reforzada en caso de despido por enfermedad profesional
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:53:53
La Corte Suprema de Justicia, en una decisión reciente, resolvió un recurso de casación interpuesto por una trabajadora despedida de manera injustificada, quien alegaba que su despido vulneró la estabilidad laboral reforzada consagrada en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, debido a una enfermedad profesional adquirida en el ejercicio de sus funciones.
Antecedentes y proceso judicial
La trabajadora había desempeñado funciones desde el año 2000 hasta 2012, periodo durante el cual sufrió episodios de trastornos psicológicos y físicos relacionados con su actividad laboral, incluyendo ansiedad, depresión y vértigo. A pesar de ello, la demandante continuó laborando sin incapacidades recurrentes y sin que la empresa tuviera conocimiento formal de su situación de salud.
El despido se produjo en febrero de 2012, y la trabajadora solicitó su reintegro con el pago de salarios y prestaciones omitidas, argumentando que la terminación del contrato fue discriminatoria y violatoria de la estabilidad laboral reforzada por discapacidad.
Los tribunales de primera y segunda instancia desestimaron la demanda, señalando que no se probó que la empleadora conociera la discapacidad ni que la misma impidiera el desempeño regular de las funciones, y que el despido no fue motivado por la enfermedad.
Análisis de la Corte Suprema
En su análisis, la Corte destacó que la protección de estabilidad laboral reforzada se configura cuando concurren tres parámetros esenciales:
- La existencia de una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial de mediano o largo plazo.
- La presencia de barreras que impidan el ejercicio efectivo del trabajo en condiciones de igualdad.
- Que la empleadora conozca o tenga conocimiento notorio de dicha situación.
En este caso, la Corte...
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