No se casa la sentencia que reconoce contrato de trabajo en caso de médico contratado bajo prestación de servicios
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:49:52
Antecedentes y controversia
Un médico general demandó a la corporación de servicios médicos para que se reconociera la existencia de un contrato de trabajo entre mayo de 2016 y diciembre de 2018, y se le pagaran las prestaciones sociales correspondientes, incluyendo cesantías, primas, vacaciones, aportes a seguridad social y sanciones por incumplimiento. El demandante alegó que, aunque firmó un contrato de prestación de servicios, la realidad evidenciaba una relación laboral debido a la subordinación, el cumplimiento de horarios fijos y la imposición de agendas por parte de la entidad.
Por su parte, la corporación sostuvo que la relación fue de naturaleza civil, con autonomía e independencia del médico, quien podía organizar su horario y prestar servicios a otros empleadores. También señaló que el contrato se suspendió en algunas ocasiones y que el demandante presentó renuncia voluntaria.
Decisiones en las instancias previas
El juzgado de primera instancia declaró probado el contrato de trabajo a término indefinido y condenó a la corporación a pagar las prestaciones reclamadas, incluyendo indemnizaciones moratorias y sanciones por no consignar cesantías a tiempo.
En segunda instancia, el tribunal confirmó la existencia del contrato laboral, pero modificó parcialmente la condena en cuanto a la indexación de ciertos pagos. Además, analizó detalladamente la prueba testimonial y documental, concluyendo que el demandante estuvo sujeto a subordinación, con horarios fijos y órdenes de superiores inmediatos. Asimismo, determinó que la corporación actuó de mala fe al intentar ocultar el vínculo laboral mediante un contrato de prestación de servicios.
Análisis de la Corte Suprema de Justicia
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