Superservicios fija plazo para reporte del informe de auditoría externa en servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Proyectos de resolución
30 de mayo de 2025 15:40:49
Contexto normativo y alcance
La Resolución emitida por la Superservicios se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas la Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios y establece la obligación de contratar auditorías externas permanentes para evaluar la gestión y resultados de las empresas prestadoras. Además, se sustenta en el Decreto 1369 de 2020 y en normativas sobre control interno y supervisión financiera y administrativa.Plazos y eliminaciones en el reporte
La norma fija como fecha límite para la entrega del informe de AEGR y/o de las oficinas de control interno el último día del mes de junio del año siguiente al periodo evaluado, homologando así el plazo para los servicios públicos vigilados. El reporte debe realizarse a través del Sistema Único de Información (SUI) y se considerará oficializado una vez se certifique su envío. Adicionalmente, se eliminaron definitivamente ciertos formularios para los servicios de acueducto y alcantarillado en el reporte al SUI, aplicando esta eliminación retroactivamente desde el año 2023. Para el servicio de aseo, el reporte continuará bajo las resoluciones vigentes que regulan la materia.Impacto para los prestadores y supervisión
Esta resolución afecta a los prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, quienes deberán ajustar sus procesos de reporte conforme a los nuevos plazos y formatos. La Superservicios mantiene su función de vigilancia y supervisión para asegurar el cumplimiento de estas obligaciones, contribuyendo a la transparencia y mejora continua en la prestación de estos servicios. En conclusión, la medida busca optimizar el control y seguimiento de la gestión de los servicios públicos domiciliarios, facilitando la evaluación y el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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