Consejo de Estado confirma responsabilidad fiscal por desvío de recursos parafiscales en Saludcoop EPS
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:31:42
Contexto y alcance de la decisión
El Consejo de Estado confirmó la sentencia que sancionó a miembros del consejo de administración de Saludcoop EPS por la desviación de recursos parafiscales del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). El fallo se enfoca en el periodo entre 2003 y 2006, precisando que la responsabilidad fiscal no se extiende a años anteriores.
Fundamentos de la responsabilidad fiscal
La Sala destacó que los recursos parafiscales, como las cotizaciones obligatorias, cuotas moderadoras, copagos y recobros, tienen una destinación específica para la garantía y prestación del Plan Obligatorio de Salud (POS). La EPS no puede utilizar estos recursos para inversiones, gastos administrativos no relacionados con el gasto médico o actividades distintas a las autorizadas por la ley.
Se confirmó que el consejo de administración, como órgano directivo, aprobó presupuestos y estados financieros que permitieron el uso indebido de recursos públicos en beneficio privado, incluyendo inversiones en infraestructura, pagos a empresas vinculadas y operaciones financieras no autorizadas.
Cuantificación y análisis del daño
El daño fiscal fue cuantificado en más de un billón de pesos, derivado del análisis técnico basado en los estados financieros certificados, libros contables, actas de los órganos de dirección y demás soportes. Se aplicó la metodología del análisis de flujos de efectivo para determinar el uso indebido de los recursos del SGSSS.
Valoración de la conducta y dolo
Se estableció que la conducta de los miembros del consejo de administración fue dolosa, dada la reiteración, continuidad y conocimiento del uso indebido de los recursos parafiscales, lo cual generó un perjuicio patrimonial considerable. La ignorancia de la ley no fue considerada...
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