Consejo de Estado anula registros marcarios otorgados por la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 19:23:42
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, resolvió la acción de nulidad relativa promovida contra las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que concedieron el registro de la marca nominativa “ZIN-VIT” a una sociedad del sector farmacéutico.
Contexto y antecedentes del caso
El litigio surge a partir de la solicitud de registro de la marca “ZIN-VIT”, presentada en marzo de 2006, cuando aún estaba vigente el registro de la marca “ZYNVIT”, propiedad de otra sociedad, la cual estaba en proceso de cancelación por no uso promovida por una tercera empresa. La acción de cancelación fue resuelta favorablemente y otorgó a esta última un derecho preferente para solicitar el registro de la marca cancelada. Sin embargo, la SIC concedió el registro de la marca “ZIN-VIT” sin realizar un cotejo adecuado contra la marca “ZYNVIT”, a pesar de la similitud ortográfica y fonética entre ambas y la superposición en la clase 5ª de la Clasificación Internacional de Niza, que abarca productos farmacéuticos y veterinarios, entre otros.Derecho preferente y su alcance
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 168 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, el derecho preferente surge desde la presentación de la solicitud de cancelación y se extiende hasta tres meses después de que la resolución de cancelación quede firme. Este derecho otorga prelación a la solicitud de registro presentada por quien promovió la cancelación, incluso frente a solicitudes presentadas con anterioridad. No obstante, el derecho preferente no garantiza la concesión automática del registro, ya que la solicitud debe pasar por...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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