Tribunal Superior de Bogotá niega acción de tutela por falta de legitimación activa en proceso verbal de pertenencia
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 19:31:9
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en providencia fechada el 7 de mayo de 2025, resolvió negar una acción de tutela interpuesta contra el Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá, relacionada con un proceso verbal de pertenencia. La tutela fue promovida con el argumento de vulneración del derecho al debido proceso por la demora en la emisión de la sentencia.
Antecedentes del caso
La accionante señaló que, tras una audiencia realizada en febrero de 2025, el juez anunció que dictaría sentencia en un plazo de diez días conforme al artículo 373 del Código General del Proceso. Sin embargo, a la fecha de presentación de la tutela, esta sentencia no se había proferido. Se alegó que esta situación vulneraba el derecho fundamental al debido proceso. El juez respondió que la demora se debió a un error administrativo en la publicación del registro nacional de personas emplazadas, que inicialmente se hizo de manera privada y no pública, afectando la publicidad del proceso. Por esta razón, se ordenó corregir esta situación y renovar la actuación para continuar con el trámite correspondiente.Consideraciones jurídicas
El Tribunal recordó que la acción de tutela es un mecanismo excepcional y subsidiario, procedente únicamente cuando se vulneran derechos fundamentales y no existen otros medios judiciales de defensa eficaces. Además, señaló que para su procedencia se requieren, entre otros, la legitimación activa de quien la interpone. En este caso, se constató que la persona que promovió la tutela no acreditó la representación legal necesaria para actuar en nombre propio, pues no aportó poder suficiente pese a que se le solicitó expresamente. Por...Más noticias sobre Derecho Civil
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