Negada acción de tutela contra el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá por acceso a expediente digital
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 19:31:13
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante providencia del ocho de mayo de 2025, resolvió negar la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá. La acción fue promovida por una sociedad comercial que alegaba la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y defensa, debido a que no se le había facilitado el enlace para acceder al expediente digital del proceso ejecutivo que enfrenta desde 2019.
La sociedad, a través de su representante legal y apoderada, solicitó en dos ocasiones al juzgado el envío del enlace para el acceso al expediente, sin que inicialmente se le concediera. Esta situación le impidió conocer las actuaciones procesales durante aproximadamente dos meses. Sin embargo, el juzgado remitió finalmente el enlace solicitado, superando así la supuesta vulneración.
Análisis de la tutela y fundamentos jurídicos
En el análisis de la tutela, la Sala Civil del Tribunal Superior recordó que, por regla general, las acciones de tutela contra providencias judiciales son improcedentes, salvo que exista una violación manifiesta de derechos fundamentales. Además, destacó que la tutela no tiene por objeto prevenir futuras vulneraciones, sino proteger derechos amenazados o vulnerados en hechos concretos y actuales.
Por tanto, al haberse superado la omisión denunciada con la entrega del enlace de acceso al expediente, el tribunal determinó que la tutela carecía de objeto y debía ser negada. Asimismo, se indicó que no era procedente ordenar medidas para prevenir futuras conductas, ya que esta no es la finalidad del mecanismo constitucional.
Implicaciones de la decisión
Esta decisión reafirma la importancia del...
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