Tribunal Superior de Bogotá ordena entrega inmediata de dineros retenidos en proceso judicial
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 17:57:49
La Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, actuando como juez constitucional, denegó la acción de tutela contra el Juez 2° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, pero amparó los derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia por la demora injustificada atribuida a la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución de Sentencias.
Antecedentes del caso
El proceso judicial terminó el 30 de septiembre de 2024 por pago total de la obligación. Posteriormente, el representante legal de la entidad accionante solicitó la elaboración y entrega de los títulos judiciales para la transferencia de dineros retenidos. Sin embargo, a pesar de las múltiples solicitudes y la confirmación por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de que la entidad no presentaba deudas pendientes, la Oficina de Apoyo no procedió a realizar la entrega de los fondos.Decisión del Tribunal y fundamentos jurídicos
El Tribunal destacó que la acción de tutela es un mecanismo excepcional para proteger derechos fundamentales cuando no existen otros medios judiciales idóneos o cuando hay riesgo de perjuicio irremediable. En este caso, se configuró una vulneración al derecho al debido proceso y acceso a la administración de justicia por mora judicial, pues la demora en la entrega de los dineros carecía de justificación válida. La Sala recordó la jurisprudencia sobre mora judicial, enfatizando que no todo retraso vulnera derechos fundamentales, pero sí cuando la demora es injustificada y atribuible a la autoridad judicial o administrativa. Además, subrayó que la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles...Más noticias sobre Derecho Civil
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