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Admiten acción de tutela contra juzgado de ejecución de sentencias en Bogotá

Proviene de: Sentencias

7 de junio de 2025 17:59:58

El pasado quince de mayo de 2025, la Magistrada Ponente de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá admitió la acción de tutela promovida contra el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de la misma ciudad. Esta acción fue presentada en representación de la parte ejecutante en un proceso judicial en curso.

Requerimientos a la autoridad demandada

El tribunal ordenó al juzgado demandado que, en un término perentorio de un día, presente un informe detallado sobre los hechos que dieron origen a la acción de tutela, relacionado con el proceso ejecutivo identificado con el número correspondiente. Además, se dispuso que el expediente en formato digital sea remitido para su análisis.

Notificación y vinculación de partes

Se estableció que, en el mismo plazo, la autoridad demandada y/o la Secretaría de la Sala deberán notificar la admisión de la tutela a todas las partes procesales, terceros e intervinientes debidamente vinculados al trámite. En caso de imposibilidad para comunicar esta notificación directamente, se autorizó su publicación mediante aviso en la página web oficial de la Rama Judicial, en el micrositio correspondiente a la Sala Civil.

Requisitos para el reconocimiento de personería

Antes de resolver sobre el reconocimiento de personería, se solicitó aportar el poder especial conferido, que debe contener información precisa sobre el poderdante, la autoridad accionada, el derecho fundamental invocado y la acción u omisión que dio origen a la tutela. Esto responde a los requisitos establecidos en el artículo 74 del Código General del Proceso y el Decreto 306 de 1992, aplicables al trámite de tutela.

Medios de notificación

La notificación de...

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