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Denegada acción de tutela por mora judicial tras resolución en proceso divisorio

Proviene de: Sentencias

7 de junio de 2025 18:0:6

El caso se originó con la presentación de una acción de tutela en contra del Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá, reclamando protección al derecho de acceso a la administración de justicia. La acción se fundamentaba en la presunta demora injustificada de la autoridad judicial para decidir sobre la reprogramación de una subasta y la devolución de títulos en un proceso divisorio, cuya etapa de remate había sido fallida por una oferta insuficiente.

Fundamentos y análisis jurídico

La Sala Civil del Tribunal Superior recordó que la acción de tutela es un mecanismo constitucional para proteger derechos fundamentales cuando estos resulten vulnerados o amenazados, especialmente en ausencia o agotamiento de otros medios judiciales idóneos. En este contexto, destacó la importancia del derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, consagrados en la Constitución. La jurisprudencia ha señalado que la mora judicial solo vulnera derechos fundamentales cuando es injustificada, es decir, cuando la demora no obedece a causas válidas como la complejidad del asunto, problemas estructurales en la administración de justicia o circunstancias imprevisibles. La mora injustificada se caracteriza por la falta de diligencia o incumplimiento arbitrario de los términos legales por parte de la autoridad judicial.

Decisión del tribunal

En la revisión del expediente, se constató que, aunque al momento de interponer la tutela se había superado el término legal para resolver, posteriormente la autoridad judicial profirió la decisión reclamada mediante auto que fijó la fecha para la subasta. Este acto configuró un hecho superado, lo cual llevó a la denegación del amparo, conforme a la doctrina que establece que la...

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