Admiten acción de tutela contra juez del circuito en proceso de expropiación
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:3:55
El tribunal superior del distrito judicial de Bogotá, sala civil área constitucional, admitió la acción de tutela radicada contra el juez 20 civil del circuito de Bogotá, relacionada con el proceso de expropiación identificado con el número 11001 3103 020 2022 00252 00. Esta admisión se fundamenta en los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991.
Entre las disposiciones principales de la providencia se encuentran:
- Notificación y traslado: Se ordenó correr traslado a los entes accionados para que en el término de un (1) día se pronuncien sobre los hechos base de la solicitud de amparo, permitiendo así el ejercicio del derecho de defensa.
- Vinculación de entidad financiera: Se vinculó al Banco Agrario de Colombia para que también pueda pronunciarse en el mismo término.
- Notificación a partes procesales: El juzgado convocado debe notificar a todas las personas naturales o jurídicas vinculadas al proceso en calidad de partes procesales, apoderados u otros títulos, para que se pronuncien sobre la acción de tutela.
- Publicación de aviso: En caso de que no sea posible notificar directamente a las partes o terceros interesados, se fijará un aviso en el micrositio asignado al despacho accionado en la página web de la Rama Judicial, garantizando así la publicidad del trámite constitucional.
- Cumplimiento de formalidades: La autoridad judicial debe comunicar la existencia de la acción a todas las partes conforme al artículo 8º de la Ley 22131 de 2022 y allegar las constancias respectivas para evitar futuras nulidades.
Este procedimiento busca garantizar el debido proceso y el derecho fundamental de acceso a la justicia en...
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