Tribunal Superior de Bogotá declara improcedente acción de tutela contra medida de aseguramiento
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:4:46
Antecedentes y contexto del proceso
La acción de tutela fue presentada por un procesado en un caso penal por homicidio en persona protegida, en calidad de determinador. El demandante cuestionó la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad y la negativa a revocar dicha medida, señalando que han transcurrido más de 22 años desde los hechos investigados. También alegó falta de respuesta a diversas solicitudes presentadas por su defensa.Decisión del tribunal y fundamentos
El Tribunal analizó la procedencia de la tutela y los derechos fundamentales supuestamente vulnerados. Se destacó que la medida de aseguramiento fue impuesta por recurso de apelación resuelto en julio de 2023 y que la captura se materializó en diciembre de 2024. Sin embargo, el tribunal señaló que el accionante no justificó la tardanza en interponer la tutela, incumpliendo el principio de inmediatez, que exige presentar la tutela dentro de un plazo razonable para su procedencia. En procesos judiciales, este plazo se considera generalmente no superior a seis meses. Además, se recordó que la acción de tutela no debe utilizarse como mecanismo alternativo para impugnar decisiones judiciales, para lo cual existen recursos ordinarios. El procesado ha hecho uso de dichos recursos y cuenta con etapas procesales posteriores para buscar la revocatoria de la medida.Atención a las solicitudes de la defensa y mora judicial
Respecto a las supuestas omisiones en la respuesta a solicitudes de la defensa, el tribunal constató que la mayoría fueron atendidas favorablemente y que las negativas fueron objeto de apelación. En cuanto a la petición de relevo de funcionarios y sustitución de la medida privativa...Más noticias sobre Derecho Penal
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