Tribunal Superior de Bogotá declara improcedente acción de tutela contra juzgado de ejecución de penas
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:4:44
Contexto del caso y solicitud de tutela
La acción de tutela fue presentada por una persona privada de la libertad en la Cárcel La Picota de Bogotá, quien cumple una condena de 345 meses por homicidio agravado. El solicitante cuestionó la imposición de una caución económica como requisito para acceder a la libertad condicional, alegando que carece de recursos para cubrir dicho pago. Además, manifestó que había solicitado reiteradamente al juzgado encargado que se pronunciara sobre su situación de insolvencia económica, sin obtener respuesta.
Respuesta del juzgado y trámite procesal
El Juzgado 9° de Ejecución de Penas informó que concedió la libertad condicional bajo pago de caución prendaria equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, conforme a un auto emitido en marzo de 2025. Posteriormente, el solicitante presentó una solicitud de exoneración de dicha caución, la cual fue negada en auto del 9 de mayo de 2025, estableciendo un pago de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes para acceder al beneficio. Esta decisión fue notificada al interesado.
Análisis del tribunal y decisión
El Tribunal Superior destacó que la acción de tutela tiene como finalidad la protección inmediata de derechos fundamentales vulnerados o amenazados. Sin embargo, en este caso, al momento de emitir el fallo, el juzgado ya había respondido de fondo a la solicitud de insolvencia económica, por lo que el hecho que motivó la tutela se encontraba superado. La Sala concluyó que la respuesta otorgada fue clara y congruente con lo solicitado, sin que ello implique un resultado favorable para el recurrente.
En consecuencia, la Sala Penal declaró improcedente la acción de tutela por...
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