Tribunal Superior de Bogotá confirma requisitos para pensión de sobrevivientes y reitera deberes en seguridad social
Proviene de: Sentencias
4 de junio de 2025 2:27:50
Requisitos para pensión de sobrevivientes y convivencia
El Tribunal confirmó que para acceder a la pensión de sobrevivientes en calidad de cónyuge o compañero permanente supérstite, es necesario acreditar una convivencia mínima de cinco años continuos antes del fallecimiento del afiliado o pensionado. Se reiteró que la convivencia implica una comunidad de vida estable, con apoyo mutuo y proyecto común, no meros encuentros esporádicos. Se destacó que la jurisprudencia ha cambiado y reafirmado recientemente este criterio para armonizar con principios de igualdad y sostenibilidad del sistema. Se mencionó la importancia de valorar cada caso a la luz de sus particularidades, incluyendo situaciones de separación por motivos laborales o de salud.
Despidos laborales y estabilidad sindical
En materia laboral, se confirmó la ineficacia de despidos realizados sin justa causa y sin agotar los procedimientos establecidos en las convenciones colectivas vigentes, especialmente aquellas que contemplan comisiones de estabilidad laboral con participación sindical. Se destacó que la estabilidad laboral reforzada protege a los trabajadores frente a terminaciones arbitrarias y que la no observancia de los procedimientos convenidos con los sindicatos conlleva al reintegro sin solución de continuidad y al pago de salarios y prestaciones dejados de percibir. Se aclaró que las razones financieras o de crisis económica no constituyen justa causa automática para el despido.
Obligaciones en traslados entre regímenes pensionales
Se confirmó la declaratoria de ineficacia de traslados del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual cuando las administradoras de fondos de pensiones (AFP) no cumplen con el deber de suministrar información clara, precisa y suficiente sobre las características, riesgos y consecuencias del cambio. Se...
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