Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslados pensionales por falta de información
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:26:29
Contexto y alcance de las sentencias
En una serie de procesos judiciales resueltos recientemente, el Tribunal Superior de Bogotá ha confirmado sentencias de primera instancia que declararon la ineficacia de traslados pensionales realizados en las décadas de los 90 y principios de 2000, en los cuales los afiliados al régimen público de prima media fueron trasladados al sistema privado de ahorro individual administrado por diversas AFP. Estas decisiones tienen en común que los juzgadores encontraron que las AFP no cumplieron con su deber de informar de manera suficiente, clara, transparente y oportuna sobre las consecuencias del cambio de régimen. Entre las deficiencias señaladas se incluyen la falta de proyecciones de la mesada pensional, ausencia de explicación de los requisitos para pensionarse en cada régimen, y omisión de información sobre el derecho de retracto o las limitaciones legales para el traslado, como la prohibición de hacerlo cuando faltan menos de diez años para la edad de pensión.Deber de información y carga probatoria
Las sentencias reiteran que el sistema de seguridad social en pensiones colombiano reconoce el derecho de los afiliados a tomar decisiones libres, voluntarias e informadas sobre su régimen pensional. Las AFP tienen la obligación ineludible de brindar asesoría completa y adecuada a los afiliados, conforme a los artículos 13 de la Ley 100 de 1993, 97 del Decreto Ley 663 de 1993 y 12 del Decreto 720 de 1994. Cuando un afiliado alega que no recibió la información debida, la carga de la prueba recae en la AFP para demostrar que sí cumplió con este deber. Esto resulta fundamental debido a la asimetría...Más noticias sobre Derecho Laboral
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