Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslados pensionales por falta de información adecuada
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 17:54:30
Contexto y antecedentes
El Tribunal ha resuelto apelaciones y consultas relacionadas con casos en que afiliados al sistema general de pensiones ejercieron su derecho a trasladarse del RPM al RAIS. En múltiples procesos, los demandantes alegaron que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) no cumplieron con su obligación legal de proporcionar información clara, completa y comprensible sobre las características, condiciones, ventajas, desventajas y riesgos de cada régimen pensional, en particular en el período comprendido entre 1993 y 2009.Obligaciones de las administradoras y carga probatoria
El sistema general de pensiones colombiano está conformado por dos regímenes excluyentes: el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. La ley establece que la elección entre ambos es libre y voluntaria, requiriendo manifestación escrita al momento de la vinculación o traslado. De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, las AFP tienen el deber de suministrar a los potenciales afiliados información suficiente, transparente y oportuna para que puedan tomar decisiones informadas. Esto incluye explicar las modalidades de pensión, la posibilidad de cotizaciones adicionales, la garantía de pensión mínima, la devolución de saldos, y las consecuencias jurídicas de cada régimen. En el ámbito procesal, se establece que la carga de la prueba sobre el cumplimiento del deber de información recae en las AFP, pues la afirmación de no haber recibido información es un supuesto negativo que el afiliado no puede probar por sí mismo. La ausencia de documentos o pruebas que acrediten que la administración brindó la información adecuada lleva a inferir que...Más noticias sobre Derecho Laboral
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