Tribunal superior confirma ineficacia de traslado al régimen de ahorro individual por falta de información
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 14:57:5
Contexto y antecedentes del caso
En un proceso ordinario laboral, se resolvió la apelación a una sentencia inicial que declaró la nulidad del traslado de una afiliada del RPMPD al RAIS administrado por una administradora privada. La afiliada sostuvo que nunca prestó un consentimiento informado para su cambio de régimen pensional y que siempre permaneció en el RPMPD. En consecuencia, solicitó que se ordenara la devolución de sus aportes y rendimientos al régimen público, así como su reincorporación sin interrupciones. Las administradoras privadas demandadas argumentaron que la afiliación y los traslados se realizaron de manera libre y voluntaria, con asesoría conforme a la normativa vigente, y sostuvieron que no existían fundamentos para declarar la ineficacia del traslado.Fundamentos de la decisión judicial
El tribunal de primera instancia consideró que para que un traslado de régimen sea válido, este debe estar precedido por una libertad informada, es decir, que el afiliado reciba información clara, suficiente y comprensible sobre las características, consecuencias, beneficios y riesgos de los regímenes pensionales. Se estableció que la carga de la prueba recae en las administradoras privadas, quienes deben demostrar que cumplieron con su deber de información y asesoría. En este caso, no se aportaron pruebas suficientes que acreditaran la entrega de dicha información en el momento del traslado. El tribunal destacó que el simple diligenciamiento de formularios de afiliación no garantiza que el afiliado haya tenido un consentimiento informado, y que la ausencia de registros o constancias documentales sobre la asesoría brinda una presunción en contra de las administradoras.Implicaciones y efectos de la sentencia
Como resultado, se declaró la ineficacia del traslado al...Más noticias sobre Derecho Laboral
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