Tribunal Superior confirma ineficacia de traslados al régimen de ahorro individual por falta de información adecuada
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 19:22:48
Contexto y principios jurídicos
Las sentencias analizadas corresponden a procesos ordinarios laborales en los cuales los demandantes solicitan la declaración de ineficacia de los traslados realizados desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), argumentando que no recibieron la información necesaria para tomar una decisión informada.
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá ratifica el criterio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), según el cual las administradoras de fondos de pensiones (AFP) tienen un deber profesional de suministrar información clara, completa y oportuna, que incluya no solo los aspectos favorables, sino también los riesgos y posibles perjuicios del traslado.
Se destaca que la carga de la prueba sobre el cumplimiento del deber de información recae sobre las AFP, dado su mayor conocimiento técnico y profesional en materia pensional. La Corte Constitucional, en sentencia reciente, señala que la inversión de esta carga probatoria es una herramienta excepcional que debe aplicarse con cautela y bajo la dirección del juez del proceso.
Decisiones clave y efectos
En los casos estudiados, las AFP no lograron demostrar que brindaron la información adecuada a los afiliados en el momento de los traslados. En consecuencia, se declaró la ineficacia de dichos traslados, lo que implica que los afiliados nunca salieron del RPMPD y deben ser reintegrados a este régimen sin solución de continuidad.
Los fondos privados están condenados a trasladar a la entidad encargada del RPMPD los recursos acumulados en las cuentas de ahorro individual, incluyendo las cotizaciones, rendimientos financieros y bonificaciones, junto con los descuentos por gastos de administración, primas...
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