Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslados pensionales por incumplimiento del deber de información
Proviene de: Sentencias
4 de junio de 2025 4:12:46
Contexto y fundamentos jurídicos del deber de información
El Tribunal reafirmó que la afiliación y traslado entre regímenes pensionales deben hacerse de manera libre, voluntaria e informada, conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 100 de 1993 y desarrollos jurisprudenciales posteriores. Las AFP están obligadas a suministrar información clara, suficiente y comprensible sobre las características, riesgos, beneficios y consecuencias de cada régimen para que el afiliado tome decisiones informadas. Esta obligación fue modulada en la sentencia SU-107 de 2024 de la Corte Constitucional, que precisó la carga probatoria y la necesidad de valorar todas las pruebas disponibles.Casos de ineficacia de traslado y restitución de aportes
En varios procesos, el Tribunal confirmó la ineficacia del traslado al Régimen de Ahorro Individual efectuado sin la debida asesoría y suministro completo de información. Se ordenó a las AFP devolver los recursos disponibles en la cuenta individual, rendimientos y bonos pensionales, y a la administradora del Régimen de Prima Media actualizar la historia laboral y activar las afiliaciones correspondientes. No obstante, se revocó parcialmente la devolución de gastos de administración, primas de seguros y aportes al fondo de garantía de pensión mínima, en línea con la jurisprudencia reciente que considera estas como situaciones jurídicas consolidadas.Despidos con justa causa en sector educativo
En un caso laboral relacionado con la terminación de contratos en una caja de compensación familiar, se confirmó que el despido fue procedente por grave negligencia en la supervisión de menores bajo cuidado, que ocasionó un incidente grave de seguridad. La Sala destacó que las trabajadoras admitieron su responsabilidad y que el...Más noticias sobre Derecho Laboral
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