Tribunal Superior revoca parcialmente decisión sobre pruebas en proceso de sucesión
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:12:46
Contexto y antecedentes del caso
En un proceso de sucesión, el apoderado judicial de uno de los herederos solicitó la inclusión como pasivo de varias partidas relacionadas con mejoras realizadas en inmuebles del patrimonio. Para acreditar estas partidas, aportó un dictamen pericial y pidió decretar el testimonio de la perito que elaboró dicho dictamen, así como el interrogatorio de la otra heredera para esclarecer si existió autorización para las mejoras.
La juez de familia de primera instancia negó el decreto tanto del testimonio como del interrogatorio, argumentando que el proceso liquidatorio no debía abrir un debate contencioso y que el material probatorio existente era suficiente para resolver la objeción planteada.
Impugnación y apelación
El apoderado judicial impugnó la decisión mediante recurso de reposición y, en subsidio, apelación, alegando que el Código General del Proceso autoriza reportar pasivos que consten en título “no necesariamente ejecutivo”. La juez confirmó su decisión respecto a las pruebas solicitadas, pero permitió la apelación para que el tribunal superior revisara la negación de dichas pruebas.
Consideraciones jurídicas sobre la admisibilidad de pruebas
El tribunal recordó que el artículo 501 del Código General del Proceso establece que, ante objeciones relacionadas con inventarios y avalúos, el juez debe ordenar la práctica de las pruebas solicitadas y las que considere de oficio, para luego resolver conforme a las pruebas aportadas.
Además, citó doctrina procesal que señala que las pruebas deben cumplir requisitos intrínsecos como la pertinencia, utilidad y conducencia, así como requisitos extrínsecos como la oportunidad procesal y formalidades legales. Las pruebas deben ser útiles para formar el convencimiento del juez y no pueden ser ilícitas,...
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