Tribunal Superior confirma cuota alimentaria provisional en proceso de divorcio
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:13:21
Antecedentes del caso
En un proceso de divorcio civil, el Juzgado Veintiuno de Familia de Bogotá fijó inicialmente una cuota alimentaria provisional equivalente al 50% del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), a cargo del esposo demandado y a favor de la esposa demandante. Esta medida se basó en la acreditación de que el demandado tiene capacidad económica, siendo propietario de una participación en dos vehículos utilizados para su actividad laboral.
Impugnación y valoración de pruebas
El apoderado judicial del demandado interpuso recursos de reposición y apelación, argumentando que la participación en uno de los vehículos es limitada y que este estuvo en reparación por un periodo prolongado. Además, señaló que el demandado ya cumple con una cuota alimentaria para su hijo menor y que la demandante cuenta con ingresos por arrendamiento y trabajo en el exterior, aunque sin aportar pruebas contundentes de estos ingresos.
Durante la diligencia, la juez de primera instancia decidió mantener la medida cautelar, considerando que la negación indefinida de la necesidad alimentaria no requiere prueba adicional y que la información aportada no desvirtuó la capacidad económica del demandado ni la necesidad de la beneficiaria.
Consideraciones jurídicas
El tribunal recordó que las medidas cautelares en procesos de familia, como la fijación provisional de alimentos, buscan asegurar un efecto transitorio durante el proceso y están reguladas por el Código General del Proceso y el Código Civil. El derecho a alimentos de la cónyuge se fundamenta en el vínculo jurídico matrimonial y la necesidad comprobada de la beneficiaria, quien declaró no contar con capacidad económica suficiente.
Asimismo, se destacó que la carga de la prueba...
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