Tribunal confirma terminación de proceso de divorcio tras fallecimiento de uno de los cónyuges
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:18:21
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala de Familia, resolvió un recurso de apelación relacionado con un proceso de divorcio de matrimonio civil. La decisión confirmó el auto emitido por el Juzgado Veintiocho de Familia, que había dado por terminado el proceso debido al fallecimiento del demandante.
Antecedentes del caso
El proceso se inició con la admisión de la demanda de divorcio presentada por uno de los cónyuges contra el otro. Durante el trámite, se otorgó amparo de pobreza y se designó abogado para la parte demandada, quien contestó la demanda en su representación. Posteriormente, se presentó el registro civil que certificaba el fallecimiento del demandante.Decisión del tribunal
El juez de primera instancia dio por terminado el proceso el 18 de agosto de 2023, argumentando que la muerte de uno de los cónyuges pone fin al trámite de divorcio, conforme al artículo 388 numeral 3 del Código General del Proceso y el artículo 152 del Código Civil, que establecen que el matrimonio civil se disuelve por muerte real o presunta de uno de los cónyuges. La parte demandante impugnó la decisión, señalando que se había presentado una reforma de la demanda para adelantar la liquidación de la sociedad conyugal. Sin embargo, el Tribunal Superior confirmó la terminación del proceso, señalando que la liquidación de la sociedad conyugal debe tramitarse por la vía sucesoral y no dentro del proceso de divorcio, dada la naturaleza personalísima de esta acción.Implicaciones jurídicas
Esta decisión reafirma que el proceso de divorcio es una prerrogativa exclusiva de los cónyuges y que su fallecimiento extingue el objeto del proceso...Más noticias sobre Derecho Civil
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