Tribunal confirma absolución en caso de defraudación a las rentas de aduana
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:15:1
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, resolvió confirmar la absolución dictada por el Juzgado Penal del Circuito en contra del representante legal de una empresa de mensajería especializada, investigado por el delito de defraudación a las rentas de aduana en el período comprendido entre 2013 y 2014.
Antecedentes y acusación
La investigación se originó tras una auditoría de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que detectó incumplimientos en el pago de tributos relacionados con la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. Se evidenciaron discrepancias entre el valor FOB declarado, el valor propuesto por la autoridad aduanera y el valor registrado para efectuar el pago. Esto derivó en la emisión de diversas resoluciones administrativas que sancionaron a la empresa con un monto total superior a mil trescientos millones de pesos.
El representante legal fue imputado por no haber declarado los tributos en la cuantía correcta, bajo el artículo 321 del Código Penal, en su redacción vigente para la época de los hechos. Sin embargo, no aceptó los cargos y defendió su actuación alegando ejercicio legítimo de buena fe y uso de los mecanismos legales para impugnar las determinaciones administrativas.
Decisión de primera instancia
El juzgado de primera instancia absolvió al procesado, considerando que no se probó la existencia de dolo para defraudar al Estado. Se valoraron las pruebas testimoniales que demostraron que el acusado actuó en legítima defensa de sus derechos, presentando recursos administrativos y judiciales contra las resoluciones de la DIAN. Además, se destacó la ausencia de documentación probatoria que evidenciara la falsedad, manipulación u ocultamiento de información.
Recurso de apelación y análisis del Tribunal
La DIAN interpuso recurso de apelación, insistiendo en la responsabilidad penal del representante legal por el incumplimiento tributario. No obstante, el Tribunal enfatizó en la aplicación del principio de favorabilidad y el estándar probatorio exigido en materia penal, que requiere certeza más allá de toda duda razonable sobre la conducta dolosa.
El Tribunal realizó un análisis detallado de la normativa aplicable, comparando la redacción original del artículo 321 del Código Penal con su modificación posterior mediante la Ley 1762 de 2015. Se concluyó que la norma vigente para los hechos es la original, la cual sanciona la declaración de tributos aduaneros por un valor inferior al debido, siempre que supere un monto mínimo, pero no contempla expresamente la falsedad o manipulación de información.
Además, se constató que si bien existió un menor pago de tributos por parte de la empresa, no se aportaron pruebas suficientes de que el representante legal suministrara información falsa o manipulara los datos con intención de defraudar. La ausencia de las actas de hechos, que habrían contenido la descripción precisa de las mercancías y sus valores, fue determinante para mantener la presunción de inocencia.
Implicaciones y conclusiones
Esta decisión reafirma la importancia del principio de legalidad y del estándar probatorio riguroso en procesos penales relacionados con defraudación tributaria. La sanción administrativa no equivale automáticamente a responsabilidad penal, y el reproche penal requiere demostrar dolo específico y conductas prohibidas expresamente en la ley.
El fallo también pone de relieve las complejidades en la valoración de pruebas en casos de evasión fiscal y la necesidad de contar con documentación completa y precisa para acreditar la existencia de fraude o manipulación maliciosa.
En consecuencia, el Tribunal confirmó la sentencia absolutoria, dejando firme la decisión y ordenando la devolución del expediente al juzgado de origen para los fines correspondientes. Contra esta providencia procede recurso extraordinario de casación.
Este caso destaca la delicadeza del equilibrio entre la persecución de delitos económicos y la garantía de derechos fundamentales en el proceso penal, subrayando la importancia de preservar la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario de manera clara y contundente.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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