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Consejo de Estado define competencia para proceso disciplinario contra comisaria de familia

Proviene de: Sentencias

7 de junio de 2025 18:19:31

Antecedentes del caso

Una comisaría de familia ordenó una medida de protección en favor de una menor víctima de violencia intrafamiliar. Posteriormente, se presentó una queja disciplinaria ante la Secretaría de Integración Social contra la comisaria, alegando irregularidades en el trámite de dicha medida. La queja fue inicialmente atendida por la Oficina de Control Disciplinario Interno de la misma Secretaría, pero posteriormente remitida a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, en aplicación de la Ley Estatutaria 2430 de 2024, que asigna a esta última la competencia para procesos disciplinarios contra autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales, como las comisarías de familia.

Conflicto de competencias

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá declaró su falta de competencia alegando que la competencia para conocer de procesos disciplinarios contra autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales de manera excepcional, transitoria u ocasional, se atribuyó a partir del 9 de octubre de 2024 con la vigencia de la Ley 2430 de 2024, y que los hechos materia de la queja ocurrieron con anterioridad a esa fecha. Por su parte, la Oficina de Control Disciplinario Interno sostuvo que la competencia ya había sido establecida desde la Ley 1952 de 2019 y reiterada por la Ley 2430 de 2024, por lo que solicitó que se asignara la competencia a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.

Análisis jurídico y normativa aplicable

La Sala recordó que las comisarías de familia son autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales excepcionales en casos de violencia intrafamiliar, facultadas para imponer medidas de protección. En cuanto a la función disciplinaria, las oficinas de control disciplinario interno tienen competencia para...

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