Consejo de Estado confirma prescripción en reconocimiento de subsidio familiar a soldado profesional
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 19:24:42
El Consejo de Estado, en reciente fallo, confirmó la decisión de un tribunal administrativo que negó la tutela interpuesta para revertir una sentencia sobre el reconocimiento y reajuste del subsidio familiar a un soldado profesional. Este caso se centra en la aplicación del artículo 11 del Decreto 1794 de 2000, que establecía dicho subsidio, y la prescripción de las diferencias previas a marzo de 2015.
Antecedentes del caso
El servicio militar comenzó en 1997 y se extendió de manera continua, con la condición de soldado profesional desde 2003. El subsidio familiar para soldados profesionales se creó en el Decreto 1794 de 2000, pero fue derogado por el Decreto 3770 de 2009, dejando un vacío normativo hasta que fue restablecido parcialmente con el Decreto 1161 de 2014, aunque en menor cuantía. El solicitante contrajo matrimonio en 2010, fecha relevante para la consolidación del derecho al subsidio bajo la normativa original. Sin embargo, la derogación del decreto en 2009 implicó que el subsidio no fuera exigible hasta que una sentencia del Consejo de Estado en 2017 anuló el decreto derogatorio con efectos retroactivos. Tras solicitar el reconocimiento del subsidio en 2018 y obtener respuesta negativa de la entidad militar, se inició un proceso judicial de nulidad y restablecimiento del derecho. En primera instancia, la demanda fue negada por considerar que el derecho debía reconocerse bajo el Decreto 1161 de 2014, dado que la solicitud fue posterior a su vigencia. La apelación revocó esta decisión, ordenando el reconocimiento conforme al Decreto 1794 de 2000, pero declaró prescritas las diferencias anteriores a marzo de 2015.Fundamentos de la decisión
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