Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra la Presidencia por falta de legitimación
Proviene de: Sentencias
5 de junio de 2025 17:39:57
Antecedentes y pretensiones
Una entidad sin ánimo de lucro interpuso acción de tutela contra la Presidencia de la República, alegando la vulneración de derechos fundamentales de más de 20 millones de afiliados al sistema de salud, debido a la falta de despacho de medicamentos en dispensarios médicos de las Empresas Prestadoras de Salud (EPS), que están intervenidas por la administración demandada. La solicitud principal fue que se garantizara el suministro inmediato de medicamentos, como se había realizado tradicionalmente.Vinculación y respuestas de terceros
Durante el trámite, fueron vinculadas como terceros con interés la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE), el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), y asociaciones gremiales relacionadas con la salud. Estas entidades manifestaron que la tutela era improcedente por diversas razones, entre ellas la falta de legitimación activa del demandante, la ausencia de agotamiento de vías administrativas, y la atribución de competencias de pago y suministro de medicamentos a las EPS y no a la Presidencia o las entidades vinculadas.Análisis de legitimación en la causa por activa
El Consejo de Estado recordó que, conforme a la Constitución y la jurisprudencia constitucional, la legitimación en la causa por activa en acciones de tutela requiere que el actor sea titular directo del derecho fundamental que se busca amparar, o actúe a través de representante legal, apoderado judicial o agente oficioso, con un interés directo y particular. En este caso, la entidad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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