Consejo de Estado declara carencia de objeto en tutela contra el Congreso por derecho de petición
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:17:30
Antecedentes de la acción de tutela
La acción fue instaurada en defensa del derecho fundamental de petición, alegando que el Congreso no entregó información completa sobre los antecedentes, ponencias y debates relacionados con artículos específicos de dos leyes tributarias que modificaron el Estatuto Tributario Nacional. La petición inicial solicitaba copias de documentos vinculados con la Ley 2010 de 2019 y la Ley 1819 de 2016.Respuesta del Congreso y trámite procesal
El Congreso remitió inicialmente documentación general, pero sin información específica sobre los artículos en cuestión. Posteriormente, a través de la Secretaría General del Senado y la Unidad de Atención Ciudadana, se entregaron enlaces y gacetas oficiales que contienen los proyectos de ley, exposiciones de motivos, ponencias, debates y votaciones relacionadas. Estos documentos permitieron conocer el contenido y la motivación legislativa detrás de las modificaciones.Consideraciones jurídicas
El Consejo de Estado recordó que el derecho de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, exige una respuesta clara, de fondo y congruente con lo solicitado. Asimismo, la acción de tutela procede para proteger derechos fundamentales cuando no existe otro medio de defensa judicial efectivo. No obstante, se indicó que si durante el trámite de la tutela la situación que dio origen a la misma se supera o desaparece, la acción pierde objeto y debe declararse el hecho superado. En este caso, la respuesta entregada por el Congreso durante el proceso satisfizo la petición de información, superando la presunta vulneración.Decisión y alcance
En consecuencia, la Sala declaró la carencia actual de objeto por hecho superado y ordenó notificar a las partes. Esta decisión reafirma la importancia...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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