Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra providencia judicial por falta de inmediatez
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:17:50
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, resolvió una acción de tutela promovida en contra del Tribunal Administrativo de Nariño y otro, en la que se solicitaba el amparo del derecho fundamental al debido proceso. La acción fue presentada luego de la confirmación de una sentencia que negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho en un proceso administrativo relacionado con el retiro de un oficial del Ejército Nacional.
Antecedentes y contexto del caso
La acción de tutela surgió tras la confirmación, por parte del Tribunal Administrativo de Nariño, de la decisión que negó la nulidad del acto administrativo que ordenó el retiro de un oficial por llamamiento a calificar servicios, una figura de carácter discrecional que busca la renovación institucional en las Fuerzas Militares. La sentencia cuestionada fue notificada de forma personal y ejecutoriada en octubre de 2024. El accionante alegó que se vulneró su derecho al debido proceso por la supuesta falta de valoración integral de las pruebas y la no entrega de documentos esenciales para ejercer su derecho a la defensa. Sostuvo que la decisión de retiro era arbitraria y que no se aplicaron los principios de buena fe, razonabilidad y proporcionalidad, además de argumentar que su trayectoria y conducta eran adecuadas para permanecer en la institución.Procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales
El Consejo de Estado recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es procedente de manera excepcional y debe cumplir con requisitos estrictos: relevancia constitucional, que no sea tutela contra tutela, inmediatez y agotamiento de vías ordinarias. En este caso, el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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