Consejo de Estado ampara derecho de petición en caso de impedimento de salida del país
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 14:56:56
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, decidió amparar el derecho fundamental de petición en una acción de tutela interpuesta contra el Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (UAEMC).
Contexto del caso
El accionante fue detenido por Migración Colombia al intentar salir del país, informándole que tenía impedimento debido a antecedentes penales, sin que se le proporcionara información detallada sobre el proceso ni la autoridad judicial que lo conoce. Posteriormente, el interesado presentó una solicitud de desarchivo de los procesos penales, aunque no contó con datos precisos como el radicado o juzgado correspondiente. La Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá respondió que la petición carecía de información suficiente para realizar el desarchivo y que tampoco se había adjuntado el comprobante del pago del arancel judicial. Por su parte, Migración Colombia indicó que la Policía Nacional es la autoridad encargada de la información judicial relacionada con los antecedentes.Derecho de petición y decisión judicial
La Sala recordó que el derecho fundamental de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, garantiza una comunicación efectiva entre la Administración y los ciudadanos, que debe ser respondida de manera oportuna y clara, resolviendo el fondo del asunto. La falta de respuesta constituye una vulneración de este derecho. En este caso, se encontró que la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá no había respondido la solicitud en el término legal de 15 días, vulnerando el derecho fundamental de petición. La Sala precisó que, aunque la solicitud carecía de datos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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