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Consejo de Estado remite acción de cumplimiento por competencia a juzgados administrativos

Proviene de: Sentencias

6 de junio de 2025 16:18:9

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, resolvió remitir una acción de cumplimiento presentada contra la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal de Yondó, Antioquia, debido a la falta de competencia en primera instancia.

Contexto de la acción de cumplimiento

La acción de cumplimiento solicitaba que la autoridad demandada cumpliera con la Resolución OTM-TMN-947-2024. Sin embargo, el Consejo de Estado indicó que, conforme a los artículos 150 y 152, numeral 14, de la Ley 1437 de 2011, esta corporación solo tiene competencia para conocer estas acciones en segunda instancia cuando se trate de autoridades del orden nacional.

Competencia y remisión del proceso

Dado que la acción se dirige contra una autoridad municipal, la competencia en primera instancia corresponde a los juzgados administrativos. Además, el artículo 3 de la Ley 393 de 1997 establece que estas acciones deben tramitarse en el lugar del domicilio del accionante, por lo que el proceso fue remitido a los juzgados administrativos de Valledupar. Este pronunciamiento aclara la distribución de competencias en materia de acciones de cumplimiento, reafirmando que las autoridades judiciales locales son las adecuadas para conocer en primera instancia casos contra entidades municipales. La resolución fue notificada a la parte actora por los medios más expeditos y eficaces. Con esta decisión, se garantiza el respeto a las normas procesales vigentes y se orienta a los ciudadanos sobre las instancias competentes para la defensa de sus derechos frente a autoridades locales, fortaleciendo así el acceso a la justicia y la correcta administración de los procesos judiciales....

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