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Consejo de Estado admite acción de tutela contra tribunales administrativos y niega medida provisional

Proviene de: Sentencias

7 de junio de 2025 18:20:39

Contexto y admisión de la acción de tutela

La Superintendencia de Notariado y Registro presentó una acción de tutela contra el Juzgado 20 Administrativo de Medellín y el Tribunal Administrativo de Antioquia, por presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso en relación con autos emitidos en febrero de 2025 durante un incidente de desacato derivado de una sentencia previa de diciembre de 2024. El Consejo de Estado admitió la acción conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991. Se ordenó requerir a la parte demandante para que aporte ciertos documentos mencionados en la demanda pero que no fueron anexados al expediente.

Negación de la medida provisional solicitada

Como medida provisional, la Superintendencia solicitó la suspensión de una multa equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente impuesta en el marco del incidente de desacato. La petición se fundamentaba en evitar un perjuicio irremediable mientras se resuelve la acción de tutela. El Consejo de Estado recordó que, según el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991, el juez constitucional puede dictar medidas provisionales para proteger derechos fundamentales cuando exista urgencia y necesidad demostrada. No obstante, en este caso, consideró que no se acreditaron estos requisitos, pues la solicitud no presentó argumentos suficientes para justificar la suspensión provisional de la multa ni la vulneración clara de derechos fundamentales. Además, se destacó que emitir un pronunciamiento sobre el fondo sin elementos probatorios ni participación de las partes accionadas resultaría inapropiado.

Próximos pasos y notificaciones

El despacho ordenó notificar y correr traslado a los demandados y a terceros vinculados para que...

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