Consejo de Estado remite proceso sobre convalidación de título al Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
5 de junio de 2025 22:13:1
El proceso judicial en cuestión se originó por medio de una demanda interpuesta contra varias resoluciones emitidas por autoridades del Ministerio de Educación Nacional, que negaron y posteriormente resolvieron recursos relacionados con la convalidación de un título de maestría en educación. La parte actora solicitó la nulidad de dichas resoluciones y el restablecimiento del derecho para que se convalidara el título otorgado por una universidad extranjera.
Entre los fundamentos de la demanda, se alegó la vulneración de varios artículos de la Constitución Política, así como de normas legales específicas relacionadas con la educación superior. La demanda incluyó además la solicitud de condena en costas y agencias en derecho contra el Ministerio de Educación Nacional.
Competencia y remisión del proceso
Al analizar el caso, el Consejo de Estado determinó que conforme al artículo 152, numeral 22, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos expedidos por autoridades nacionales que carecen de cuantía son competencia de los tribunales administrativos en primera instancia.
En consecuencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo declaró su falta de competencia para conocer el asunto y remitió el proceso al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que continúe su trámite.
Implicaciones de la decisión
Esta decisión implica que las controversias sobre convalidación de títulos académicos, cuando no involucran cuantía, deben ser conocidas inicialmente por los tribunales administrativos, lo que asegura una adecuada distribución de competencias en el sistema judicial administrativo colombiano.
En resumen, la resolución reafirma el procedimiento jurisdiccional aplicable a este tipo de actos administrativos y establece con claridad la autoridad...
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