Consejo de Estado declara desistida práctica de dictamen pericial en demanda contra la Agencia Nacional de Minería
Proviene de: Sentencias
5 de junio de 2025 22:12:53
Contexto y antecedentes del caso
Un particular interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Agencia Nacional de Minería, cuestionando la nulidad de dos resoluciones que rechazaron y archivaron su solicitud de minería tradicional y que resolvieron un recurso de reposición. Además, solicitó la orden para otorgar un contrato de concesión y pidió la inaplicación del artículo 325 de la Ley 1955 de 2019 por inconstitucionalidad, así como el pago de perjuicios materiales y morales. Subsidiariamente, pidió que se ordenara continuar con el trámite de formalización minera.
Durante el proceso, se ordenó la práctica de un dictamen pericial para determinar posibles afectaciones emocionales del demandante debido al rechazo de su solicitud, y la toma de testimonio para acreditar perjuicios morales.
Solicitud y desistimiento del dictamen pericial
Para la elaboración del dictamen, el perito designado informó que los gastos necesarios ascendían a siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000), sin incluir honorarios. El despacho judicial fijó un monto justificado de cuatro millones doscientos cuarenta mil pesos ($4.240.000) y ordenó al demandante consignar esta suma en un plazo máximo de cinco días para cubrir los gastos de la pericia. Se advirtió que la falta de pago implicaría el desistimiento de la práctica de la prueba, conforme al artículo 220 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021.
El demandante no acreditó el pago de los gastos requeridos dentro del plazo otorgado. Aunque la Secretaría del Consejo remitió un oficio que pudo generar confusión sobre el término para consignar el dinero, el despacho judicial decidió tomar como fecha inicial para el cómputo la comunicación oficial del 21 de abril de 2025, otorgando un plazo hasta el 28 de abril. Al no realizarse el pago en este nuevo término, se configuró el desistimiento de la prueba pericial.
Consecuencias procesales y audiencia de pruebas
En consecuencia, el despacho declaró desistida la práctica del dictamen pericial. Sin embargo, fijó fecha para la celebración de la audiencia de pruebas para el 19 de junio de 2025, a las 2:30 p.m., que se realizará de manera virtual conforme a la legislación vigente.
Se ordenó a la parte actora garantizar la asistencia del testigo citado para esta audiencia y proveer los medios tecnológicos necesarios para su participación. Asimismo, se advirtió que en caso de inasistencia justificada del testigo, se podrá prescindir de la prueba.
Reconocimiento de personería y recomendaciones
Finalmente, el Consejo de Estado reconoció personería al nuevo apoderado de la Agencia Nacional de Minería, en cumplimiento de los requisitos legales. Además, ordenó a la Secretaría abstenerse de emitir comunicaciones que puedan generar confusión respecto a los términos procesales, salvo instrucciones expresas.
Este fallo reafirma la importancia de cumplir con las cargas procesales, especialmente en lo referente a la consignación de gastos para la práctica de pruebas periciales, bajo la advertencia de que la omisión puede conllevar el desistimiento de las mismas, afectando el desarrollo del proceso judicial. Con esta decisión, el Consejo de Estado busca garantizar la claridad y el debido proceso en los procedimientos contencioso-administrativos, promoviendo la eficiencia y la seguridad jurídica para las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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