Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión contra sentencia por muerte de soldado
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:18:42
El pasado 29 de mayo de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado admitió un recurso extraordinario de revisión interpuesto en contra de una sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Cauca. Dicha sentencia había declarado patrimonialmente responsable a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional por la muerte de un soldado regular ocurrida en 2015 y había condenado a la entidad a pagar indemnizaciones por perjuicios morales y lucro cesante.
Contexto y fundamento del recurso
El recurso fue presentado con base en la causal prevista en el numeral 5 del artículo 250 de la Ley 1437 de 2011, la cual permite la revisión cuando existe nulidad originada en la sentencia que puso fin al proceso y contra la que no procede apelación. En particular, se argumentó una vulneración al debido proceso debido a que el tribunal no se pronunció expresamente sobre un cargo de apelación relacionado con el cálculo del lucro cesante.Vinculación de partes y notificaciones
Para dar trámite al recurso, el Consejo de Estado ordenó la vinculación de las personas que fungieron como demandantes en el proceso ordinario, incluyendo herederos de quienes fallecieron durante el trámite. Se estableció que, conforme al Código General del Proceso, es necesario notificar personalmente a todos los sujetos procesales vinculados, incluyendo herederos determinados e indeterminados, a fin de evitar nulidades procesales. En este sentido, se identificaron los canales físicos y electrónicos de notificación y se reconoció la personería adjetiva del apoderado encargado del recurso. Además, se dispuso el acceso al expediente a través de la plataforma judicial correspondiente...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias