Consejo de Estado se pronuncia sobre uso de vehículos "caza infractores" en Valledupar
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:28:48
Antecedentes y petición inicial
En ejercicio de la acción de cumplimiento prevista en la Ley 393 de 1997, un ciudadano presentó una demanda contra la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Secretaría de Tránsito y Transporte del municipio de Valledupar. La petición principal consistía en ordenar la anulación de todas las multas impuestas mediante los denominados vehículos "caza infractores" durante el período en que no contaban con autorización para el uso de sistemas automáticos de detección de infracciones de tránsito (SAST). Además, se solicitó el retiro de estos vehículos y que la imposición de comparendos se realizara de manera presencial, garantizando la individualización del presunto infractor y otorgándole un tiempo prudencial para retirar el vehículo en caso de estacionamiento en sitios prohibidos.
Argumentos de las entidades demandadas
La Agencia Nacional de Seguridad Vial afirmó que no tiene competencia sobre la instalación u operación de sistemas automáticos de detección ni sobre la imposición de comparendos. En este sentido, indicó que la investigación en caso de uso no autorizado corresponde a la Superintendencia de Transporte. Por su parte, el Ministerio de Transporte manifestó que su función se limita a la formulación de políticas y regulación, sin facultades de inspección o control sobre organismos de tránsito locales. La Superintendencia de Puertos y Transporte destacó que no se acreditó incumplimiento alguno por parte de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Valledupar, que actúa con autonomía y descentralización. Finalmente, la Secretaría de Tránsito de Valledupar defendió que las actuaciones se realizaron bajo los principios de legalidad y respeto al debido...
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