Consejo de Estado niega adición de sentencia en caso de reparación directa contra la Superintendencia de Sociedades
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 17:58:23
Antecedentes del caso
El 3 de febrero de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo que negó las pretensiones de una demanda de reparación directa contra la Superintendencia de Sociedades. Posteriormente, dentro del término de ejecutoria, la parte demandante solicitó la adición de la sentencia, argumentando que la Sala omitió pronunciarse sobre la naturaleza jurídica de una resolución administrativa que ordenó la intervención administrativa de una sociedad y la toma de posesión de bienes. Se alegó que esta resolución sería de naturaleza jurisdiccional y emitida por funcionario sin competencia, afectando decisiones posteriores relacionadas con la intervención.Consideraciones jurídicas sobre la adición de sentencia
La Sala recordó que la adición de sentencia, regulada en el artículo 287 del Código General del Proceso (CGP), es un mecanismo excepcional para corregir omisiones en la resolución de puntos propuestos y discutidos en el litigio. Para que proceda, la solicitud debe presentarse oportunamente y versar sobre asuntos incluidos en el objeto del litigio que hayan sido omitidos por el juzgador. En este caso, la solicitud fue presentada dentro del término legal, por lo que la Sala examinó si la sentencia omitió resolver sobre los actos administrativos en cuestión.Alcance de la decisión y análisis del caso
La Sala aclaró que, conforme al artículo 328 CGP, en segunda instancia se debe resolver únicamente sobre los argumentos expuestos por la parte apelante. En el proceso, solo la parte demandante interpuso recurso de apelación, por lo que la Sala se limitó a estudiar esos puntos. Se concluyó que la sentencia de segunda instancia sí abordó...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias