Consejo de Estado rechaza recurso de apelación en acción popular contra plan de ordenamiento territorial de Pasto
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 14:56:32
Antecedentes del caso
El proceso judicial se originó por una acción popular presentada contra el Ministerio del Interior, el Concejo Municipal de Pasto y la Corporación Autónoma Regional de Nariño. La demanda buscaba la suspensión del Plan de Ordenamiento Territorial aprobado por el Concejo Municipal y la elaboración de un nuevo plan ajustado a la ley 388 de 1997, incluyendo la consulta previa y el respeto al mapa de riesgo sísmico elaborado por la autoridad competente. El Tribunal Administrativo de Nariño en primera instancia declaró la vulneración de derechos colectivos por parte del municipio y ordenó medidas al respecto. Posteriormente, la Sección Primera del Consejo de Estado modificó parcialmente dichas órdenes para adecuarlas a los derechos colectivos identificados.Recurso y providencia recurrida
La providencia objeto de apelación fue un auto del magistrado sustanciador del Tribunal Administrativo que aprobó la liquidación de las costas procesales conforme a lo establecido en el Código General del Proceso. El recurrente solicitó que se incluyeran en esta liquidación los gastos por honorarios pagados a expertos jurídicos y peritos en arquitectura, argumentando que tales costos estaban debidamente soportados en el expediente. Sin embargo, el magistrado sustanciador confirmó que dichos gastos no correspondían a peritajes ordenados judicialmente y, por tanto, no debían ser incluidos en el cálculo de las costas procesales.Consideraciones jurídicas y decisión final
El Consejo de Estado recordó que la Ley 472 de 1998 regula las acciones populares con el fin de proteger derechos e intereses colectivos mediante un procedimiento especial y expedito. En este marco, los recursos de apelación solo son procedentes contra autos que decreten medidas previas y contra...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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