Consejo de Estado deniega solicitud de aclaración y adición de sentencia en controversia contractual sobre obra pública
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 15:2:41
Antecedentes y contexto del fallo
El 21 de marzo de 2025, la Sala de la Subsección A del Consejo de Estado revocó una sentencia de primera instancia que había declarado la caducidad de la demanda presentada por el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) contra un consorcio responsable de la construcción del puente Orquídea 1. La demanda se originó por la caída del puente ocurrida el 29 de octubre de 2019 y fue presentada en forma de demanda reformada el 12 de noviembre de 2019, dentro del término legal de caducidad de dos años. La Sala concluyó que la caducidad no había operado y ordenó que el proceso continuara con todas las etapas propias de la primera instancia.La solicitud de aclaración y adición de la sentencia
Posteriormente, el consorcio demandado solicitó aclarar y adicionar la sentencia para que se precisaran dos aspectos: primero, la fundamentación legal del razonamiento sobre la no exigencia de demandas judiciales por cada informe de advertencia sobre la estabilidad de la obra; y segundo, si la revocatoria de la sentencia anticipada implicaba la nulidad de las actuaciones procesales previas. En su análisis, la Sala recordó que la aclaración de sentencia procede únicamente para disipar dudas sobre conceptos o frases ambiguas en la parte resolutiva, sin modificar el contenido o alcance de la decisión. En este caso, la petición del consorcio no aportó verdaderos motivos de duda, sino desacuerdo con el fallo, por lo que la aclaración era improcedente. Respecto a la adición, esta solo es viable cuando la sentencia omite pronunciarse sobre puntos debatidos o que deban resolverse por ley. La...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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