DIAN expide nueva resolución para la cancelación de oficio del RUT por inactividad tributaria
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8 de junio de 2025 1:23:58
Entidad emisora, fecha y objeto de la resolución
La Resolución 000217 fue expedida el 3 de junio de 2025 por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y publicada en el Diario Oficial No. 53.138 el 4 de junio de 2025. Su propósito principal es precisar los requisitos, el procedimiento y las condiciones bajo las cuales la DIAN podrá cancelar de oficio la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) cuando se detecte inactividad tributaria prolongada.¿A quién va dirigida y por qué es relevante?
Esta resolución se aplica a todos los sujetos inscritos en el RUT, es decir, a personas naturales y jurídicas que tienen obligaciones fiscales bajo la administración de la DIAN. No obstante, se establecen excepciones para ciertos grupos con características particulares, como sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia, inversionistas extranjeros, comunidades indígenas, entre otros. Este enfoque es relevante porque asegura que la cancelación de oficio se realice de manera justa y no afecte a aquellos que, por su naturaleza, puedan tener periodos prolongados sin actividad pero que no deben ser considerados inactivos.Finalidad de la resolución
El principal objetivo es depurar la base de datos del RUT eliminando registros de sujetos que no han tenido actividad tributaria durante un periodo significativo, para así mejorar la eficiencia en la gestión tributaria y aduanera. La cancelación de oficio permite que la DIAN mantenga una base de datos actualizada y confiable, facilitando procesos de control, fiscalización y cobranza.Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece un conjunto claro de causales para proceder a la cancelación de oficio por inactividad tributaria, entre las cuales destacan: 1. Ausencia...Más noticias sobre Derecho Tributario
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