Salvamento de voto parcial en decisión disciplinaria sobre inasistencias a audiencias penales
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 17:53:54
Contexto del caso y decisión mayoritaria
La sala de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial modificó la sentencia inicial emitida en febrero de 2023 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Caquetá. En dicha decisión, se declaró responsable a un abogado por quebrantar el deber profesional conforme al numeral 10 del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007, y se le imputó la falta descrita en el numeral 1 del artículo 37 de la misma ley por inasistencias a audiencias penales en junio y julio de 2020.
El magistrado ponente acompañó la absolución respecto a las inasistencias de junio y julio, pero salvó parcialmente su voto al confirmar la responsabilidad por la falta relacionada con la inasistencia a la diligencia del 12 de agosto de 2020.
Fundamentos del salvamento de voto parcial
El magistrado sostiene que la providencia aprobada podría incurrir en un "defecto sustantivo", dado que no se consideró como circunstancia de justificación la solicitud de aplazamiento realizada por el abogado el día anterior a la audiencia. Esta solicitud se fundamentaba en la falta de material probatorio suficiente y en la gestión de un preacuerdo.
Según el magistrado, en concordancia con el artículo 4° de la Ley 1123 de 2007, debió haberse analizado dicha petición y sus motivos, en lugar de descartarla únicamente por no haberse acreditado una "fuerza mayor". Esta omisión podría haber conducido a una absolución en favor del investigado.
Implicaciones jurídicas
El salvamento de voto parcial destaca la importancia de valorar las circunstancias justificativas en procesos disciplinarios. Asimismo, subraya la necesidad de un análisis riguroso y razonable de las solicitudes de...
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