Aclaración de voto sobre la potestad disciplinaria en la asesoría legal
Proviene de: Sentencias
8 de junio de 2025 1:20:17
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial decidió revocar la terminación de una investigación relacionada con una posible asesoría deficiente brindada a una usuaria en asuntos de liquidación de sociedad conyugal entre noviembre y diciembre de 2022. La decisión se basó en conversaciones vía WhatsApp entre la usuaria y la profesional investigada, presuntamente relacionadas con dicha asesoría.
Aclaración del voto del magistrado ponente
Un magistrado ponente aclaró su voto en este caso, manifestando su acuerdo con la revocatoria para profundizar en la investigación, pero señalando que la decisión no incluye referencias jurisprudenciales relevantes sobre el tema. Por ello, expuso con detalle el marco jurídico y jurisprudencial aplicable a la potestad disciplinaria sobre abogados.
Marco jurídico y jurisprudencial aplicable
De acuerdo con la Constitución Política, el ejercicio de las profesiones, incluido el de los abogados, está sujeto a inspección y vigilancia disciplinaria. La Ley 1123 de 2007 establece que el régimen disciplinario aplica a abogados que asesoran, patrocinan o asisten a personas naturales o jurídicas, tanto de derecho privado como público. La Corte Constitucional ha precisado que todos los abogados responsables de ejercer correctamente su profesión están sujetos a este régimen.
Además, se destaca que para que un abogado pueda ser objeto de reproche disciplinario, debe existir un vínculo jurídico o contractual con el cliente, como un mandato, contrato de trabajo o prestación de servicios, o un acto de apoderamiento. Asimismo, la conducta cuestionada debe estar relacionada con la gestión profesional encomendada, y los hechos deben corresponder con la consulta, asesoría o representación legal, ya sea dentro o fuera de un proceso judicial.
Conclusiones del magistrado
El magistrado concluye...
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