Consejo de Estado resuelve impedimento de magistrado en proceso de revisión extraordinaria
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2025 12:18:32
Contexto y antecedentes del caso
El recurso extraordinario de revisión fue interpuesto contra una sentencia proferida por una subsección del Consejo de Estado en un proceso de reparación directa en el que la Fiscalía General de la Nación actuó como parte demandada. En el trámite de este recurso, uno de los consejeros presentó un impedimento para conocer del asunto, basándose en que su cónyuge se encuentra vinculada en carrera a la Fiscalía General, entidad involucrada en el proceso.Fundamento jurídico del impedimento
El impedimento se fundamentó en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que establece como causal tener interés directo o indirecto en el proceso para el juez, su cónyuge o parientes cercanos. Esta causal busca garantizar la imparcialidad y transparencia en la administración de justicia.Análisis y decisión de la Sala
La Sala Especial de Decisión señaló que la vinculación de la cónyuge del magistrado a la Fiscalía General de la Nación no es suficiente para configurar el impedimento, ya que no se demostró un interés cierto, actual y relacionado con el caso. Además, se destacó que el recurso extraordinario de revisión no es un proceso adversarial tradicional, sino un mecanismo para verificar la existencia de causales que permitan despojar una sentencia de su carácter de cosa juzgada. Por lo tanto, la Sala concluyó que no existe un riesgo real de afectación a la imparcialidad del consejero, y declaró infundado el impedimento. Se advirtió que contra esta decisión no procede recurso alguno y se ordenó continuar con el trámite correspondiente.Implicaciones
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