Consejo de Estado ordena traslado para regulación de honorarios en proceso de nulidad simple
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2025 12:19:24
El incidente de regulación de honorarios fue presentado tras la sentencia que concedió las pretensiones en un proceso de nulidad simple contra un acto administrativo emitido por una corporación autónoma regional. Dado que la entidad pública no fue condenada en costas, se solicitó fijar los honorarios correspondientes a los servicios profesionales prestados durante el proceso.
Normativa aplicable para la regulación de honorarios
Según el artículo 209 del CPACA, la regulación de honorarios cuando se revoca el poder o se sustituye al apoderado debe tramitarse como incidente. Por su parte, el artículo 210 del mismo código establece que los incidentes deben proponerse durante audiencias o después de dictada la sentencia, precisando el trámite y oportunidad para su resolución. En este caso, el Consejo de Estado indicó la necesidad de aplicar lo previsto en el Código General del Proceso, que regula la proposición, trámite y efectos de los incidentes fuera de audiencia, incluyendo el traslado a la parte contraria y la práctica de pruebas necesarias.Decisión del Consejo de Estado
Por lo tanto, se ordenó correr traslado por tres días a la solicitud de regulación de honorarios para que la parte demandada pueda pronunciarse. Esta medida garantiza el debido proceso y la correcta valoración de los servicios profesionales en el marco del litigio administrativo. Esta resolución refleja la importancia de respetar las normas procesales en la fijación de honorarios, especialmente en procesos contra entidades públicas donde no se condenan costas, asegurando transparencia y justicia en el ejercicio profesional jurídico. Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la legalidad y la protección de los derechos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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