Consejo de Estado declara su falta de competencia en caso de nulidad y restablecimiento del derecho laboral militar
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2025 12:22:39
Antecedentes del caso
El proceso inició con una demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, cuyo objetivo era anular las decisiones administrativas que determinaron una disminución de la capacidad laboral en el ámbito militar. La demanda solicitaba además la adición de un valor total del 100% de disminución de capacidad laboral permanente, conforme a normativa vigente. El demandante alegó que ingresó al servicio militar en óptimas condiciones, sufrió un accidente grave que le ocasionó diversas secuelas físicas y cognitivas, y que su situación se agravó tras eventos posteriores. Las autoridades médico-laborales militares dictaminaron una disminución acumulada de la capacidad laboral cercana al 85%.Competencia del Consejo de Estado para conocer el caso
El análisis de competencia se basó en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la Ley 2080 de 2021. Tradicionalmente, el Consejo de Estado conocía ciertos casos de nulidad y restablecimiento del derecho en única instancia, especialmente cuando carecían de cuantía o involucraban actos disciplinarios contra altos funcionarios. Sin embargo, la normativa no le asigna competencia para conocer en única instancia los procesos laborales de nulidad y restablecimiento del derecho. En materia laboral, la competencia para conocer estos procesos corresponde a los juzgados y tribunales administrativos, dependiendo de la cuantía involucrada y la fecha de radicación de la demanda. La Ley 2080 de 2021 estableció que, a partir del 25 de enero de 2022, los juzgados administrativos tienen competencia en primera instancia para todos los asuntos laborales de nulidad y restablecimiento del derecho, sin importar la cuantía.Decisión y remisión del...
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