Consejo de Estado niega solicitud de pruebas adicionales en nulidad electoral del alcalde de San Andrés de Sotavento
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2025 12:30:47
Antecedentes del caso
El presente proceso se originó con la demanda de nulidad electoral contra el acto de elección del alcalde de San Andrés de Sotavento para el periodo 2024-2027. La demanda alegaba la existencia de votos irregulares por suplantación de electores, en una cifra que superaba ampliamente la diferencia entre los candidatos. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Córdoba negó la nulidad tras analizar los informes periciales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, que detectaron solo un número reducido de irregularidades sin incidencia suficiente para anular la elección. Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación, el cual fue admitido por el Consejo de Estado. En segunda instancia, la parte demandante solicitó la incorporación como prueba de una denuncia penal presentada ante la Fiscalía General por un técnico investigador, en la que se señalaban supuestas irregularidades adicionales en el cotejo dactiloscópico durante las elecciones. Esta solicitud fue objetada por la defensa, que argumentó la improcedencia de la petición por violar los términos preferenciales y perentorios del proceso electoral.Consideraciones jurídicas sobre la solicitud de pruebas
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 212 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), la práctica de pruebas en segunda instancia es excepcional y está sujeta a requisitos estrictos. Entre ellos, que los hechos a probar hayan ocurrido después de vencida la oportunidad para solicitar pruebas en primera instancia y que la prueba sea pertinente, conducente y útil para desvirtuar o demostrar dichos hechos. En este caso,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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